Definiciones
Acuerdo 717 (7 de
marzo de 2014)
Publica los
Lineamientos para formular los Programas de Gestión Escolar en educación
básica, enfocados en fortalecer la autonomía mediante planeación anual, uso de
resultados de evaluación, transparencia, rendición de cuentas y participación
de la comunidad educativa. Fortalecer la autonomía escolar para mejorar
infraestructura, materiales y condiciones de operación. Garantizar la
“normalidad mínima” plantilla completa, materiales disponibles, tiempo aula
eficaz evitando distracciones por trámites o programas externos. Promover
planeación anual basada en diagnóstico (Ruta de Mejora), con metas
verificables. Usar resultados de evaluaciones internas y externas como
insumo para toma de decisiones; CTE y supervisores brindan asistencia
técnica. Establecer procesos administrativos eficientes: equipar a cada
escuela (computadora), informar movimientos de personal y cargar trámites al
sistema institucional. Fomentar transparencia: el director, con CTE y
CEAP, debe rendir cuentas a la comunidad escolar.
Acuerdo 11/06/24
(13 de junio de 2024)
Deroga al Acuerdo 717
y emite los Lineamientos para formular los Programas de Fortalecimiento de las
Capacidades de Gestión y Administración Escolar, con un enfoque más integral:
formación continua, acompañamiento, agencia educativa, equidad territorial y
gestión transparente. Se tiene que armonizar. Ninguna ley es válida hasta que
se publica en el diario oficial de la federación. Lineamientos para formular
programas de fortalecimiento de las capacidades de gestión y administración
escolar en educación básica. La base legal los ampara los artículos 3° de la
Ley General de Educación. Cumplimiento del calendario escolar; la
autonomía profesional de los maestros. , usar la evaluación como la
retroalimentación de la mejora continua, Desarrollar un planeación anual que
posibilite la valoración de los resultados académicos y de desempeño,
Administrar recursos de manera eficiente y con transparencia, llevar procesos
de mejora continua a cada entidad a partir del diagnóstico, las conductas
mínimas que se debe presentar en cualquier primaria, asistencia, plan
analítico, sintético, meta verificable, PEMCE. Organización administrativa
que priorice vida académica y enseñanza.
|
Características |
Acuerdo 717
(2014) |
Acuerdo 11/06/24
(2024) |
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Fecha de publicación |
7 de marzo de 2014 |
13 de junio de 2024 |
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Objeto |
Programas de Gestión
Escolar (autonomía, planeación, evaluación, comunidad) |
Programas de Fortalecimiento
de Capacidades de Gestión y Administración Escolar |
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Vigencia |
2014–2024 |
Desde 13 de junio de
2024 |
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Ámbito |
Escuelas de
educación básica; autoridades locales |
Escuelas (públicas y
particulares), autoridades locales y municipales |
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Planeación anual |
Basada en
diagnóstico; CTE define acciones |
Con metas
verificables, conocimiento comunitario y acompañamiento |
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Uso de evaluaciones |
Fuente de mejora;
internas y externas |
Retroalimentación
para mejora continua; uso de MEJOREDU |
|
Transparencia y rendición |
Información a
comunidad; CTE y CEAP responsables |
Administración clara
y eficiente de recursos; CEAP y comunidad |
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Participación
escolar |
Padres, maestros,
alumnos involucrados |
Refuerza comunidad
educativa; incluye movilidad, diversidad cultural |
|
Autonomía escolar |
Promueve la gestión
y decisiones internas |
Refuerza la
autonomía profesional y agencia educativa |
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Capacitación y
acompañamiento |
No específica
ampliamente |
Fortalece liderazgo,
gestión y pedagogía con formación continua y acompañamiento |
|
Enfoque territorial
e inclusivo |
No explícito |
Incluye diversidad
cultural, contexto y equidad territorial |


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